Este mes se ha cumplido el primer aniversario del Reglamento de la Unión Europea sobre los derechos de los pasajeros aéreos, que entró en vigor el 17 de febrero de 2005. El texto establece reglas comunes sobre la compensación y la asistencia a pasajeros aéreos en el caso de que se les niegue el embarque, se cancele el vuelo u ocurran retrasos importantes. La legislación se aplica a todas las compañías aéreas que operan en la UE y a las que tienen licencia de un estado miembro que vuelan desde fuera de la UE a algún país de la Unión. Las aerolíneas están obligadas a informar a los pasajeros de sus derechos, lo que incluye compensaciones económicas, acceso a rutas alternativas y asistencia general. Las compañías no están forzadas a pagar compensaciones si pueden probar que la cancelación se produce por causas extraordinarias que no podían haber sido evitadas.
Según la Comisión, los pasajeros son ahora más conscientes de la legislación que les protege y por tanto sus quejas a este respecto, más firmes. De poco nos valen a los navarros estos derechos cuando nuestra Comunidad Foral dispone de un servicio de transporte aéreo pobre que la aísla del resto del país. Sólo cuenta con líneas regulares a Madrid, Barcelona y Lisboa, mientras que la oferta en las comunidades vecinas es mucho más amplia. En 2005 el tráfico aéreo de Navarra fue de 342.000 pasajeros, diez veces menos que el aeropuerto de Bilbao. El departamento de Transportes del Gobierno foral indica que se están llevando a cabo negociaciones para una posible ampliación de rutas internacionales. La reforma del aeropuerto de Noáin, que permitirá a las instalaciones soportar hasta un millón y medio de pasajeros al año, favorecería estas negociaciones. Según Jesús Mª Odériz, Director General de Transportes, las negociaciones podrían dar sus frutos en breve.